Reconocimiento de interés sanitario a los actos científico-sanitarios

Resolución de 22 de febrero de 1995, de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, por la que se establece el reconocimiento de interés sanitario a los actos científico-sanitarios.

2017-04-06 13:07:00.0 Principado de Asturias Imprimir

La Consejería de Sanidad y Servicios Sociales* podrá reconocer como de interés sanitario, aquellas conferencias, congresos, reuniones o actos científicos sanitarios que, organizados en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias por corporaciones, fundaciones, asociaciones o cualquier otra entidad de naturaleza pública o privada, tengan por objeto promover el estudio, difusión, formación o especialización en las ciencias y técnicas relacionadas con la salud.

 

El Consejero de Sanidad y Servicios Sociales* resolverá sobre el reconocimiento de interés sanitario para aquellos actos científico-sanitarios que se organicen en el territorio del Principado de Asturias, previos los informes y asesoramientos que estime preceder.

 

Las solicitudes se dirigirán al Consejero de Sanidad y Servicios Sociales** suscritas por el representante legal de la entidad organizadora y deberán presentarse al menos con tres meses de antelación a la celebración del acto, haciendo constar:

a) Datos de identificación de la entidad organizadora: Nombre, domicilio social, número de miembros o socios que la integran, órganos directivos, publicaciones periódicas que editan y actos científicos y/o de interés sanitario organizados en los últimos tres años.

b) Memoria explicativa del acto para el que se solicita el reconocimiento de interés sanitario, especificando el tipo de actividad, su justificación, los objetivos que se persiguen, el programa científico, con inclusión de un avance de las comunicaciones o ponencias a desarrollar, número de participantes previsto, nombre de las entidades que financian el acto, la fecha y el lugar de celebración.

c) Presupuesto económico con expresión de la cuota a abonar por los asistentes.

 

El reconocimiento de interés sanitario por parte de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales* dará lugar a:

a) Usar del reconocimiento de este título en toda clase de documentación, a continuación de la denominación del acto.

b) Recibir la ayuda técnica y el asesoramiento que la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales* le pueda facilitar.

 

* Actualmente Consejería de Sanidad

** Actualmente Consejero de Sanidad

 

Formulario para la solicitud 

(Enviar a correo electrónico: gcsalud@asturias.org)

 

Resolución 

Editado por última vez el: 2017-10-26 08:53:07.668 Imprimir