PERSONAS SOLICITANTES DE PROTECCIÓN INTERNACIONAL, SOLICITANTES DEL ESTATUTO DE APÁTRIDA Y VÍCTIMAS DE TRATA DE SERES HUMANOS

Procedimiento para habilitar el acceso a la asistencia sanitaria a las personas extranjeras solicitantes de protección internacional, del estatuto de apátridas y víctimas de trata de seres humanos cuya permanencia en España haya sido autorizada por este motivo.

Logo Consejería de Salud
Tue Mar 29 07:18:00 GMT 2022 Imprimir

DESTINATARIOS

Ciudadanos que residen en el Principado de Asturias  solicitantes de protección internacional, solicitantes del estatuto de apátridas y víctimas de trata de seres humanos.

 

 

 

 

 

DOCUMENTACION A PRESENTAR

Solicitantes de Protección Internacional

  1. Impreso de solicitud.

  2. Documento acreditativo de la condición de solicitante de Protección Internacional expedido por el Ministerio del Interior, o resguardo de presentación de la solicitud de Protección Internacional ante el mismo organismo. También será válida la presentación del documento expedido por el Ministerio del Interior (Dirección General de Policía): “Manifestación de Voluntad de Presentar Solicitud de Protección Internacional”.

  3. Pasaporte o documento oficial de identidad del país de origen en caso de no presentar el documento o resguardo del Ministerio del Interior.

Solicitantes Estatuto de Apátrida

  1. Impreso de solicitud.

  2. Documento de solicitud del Estatuto de Apátrida en España.

  3. Pasaporte o documento oficial de identidad del país de origen en caso de no presentar el documento anterior.                                                                                              

Víctimas de trata de seres humanos:

  1. Impreso de solicitud.

  2. Documento expedido por el Ministerio del Interior donde le sea reconocida su condición de Víctima de Trata de Seres Humanos.

  3. Pasaporte o documento oficial de identidad del país de origen en caso de no presentar el documento anterior.                                                                                              

Presentación de solicitudes y documentación

Unidad Administrativa del centro de atención primaria que corresponda según domicilio.

Tramitación

Tras la presentación de la solicitud y comprobación de la documentación aportada, la unidad administrativa del centro de salud, si es valorada de forma favorable, le entregará un documento acreditativo que le permitirá el acceso a la asistencia sanitaria de los dispositivos sanitarios en todo el territorio nacional.

Renovación del Documento

  • Misma documentación que para la solicitud inicial en las tres situaciones (no es necesario el impreso de solicitud).

Recuerde

Que debe comunicar en su centro de salud cualquier cambio en la situación o circunstancias personales que interfiriesen con el derecho a la asistencia sanitaria como solicitante de protección internacional, estatuto de apátrida o víctima de trata de seres humanos, por ejemplo: alta en la Seguridad Social, traslado a otra comunidad autónoma abandono del país, obtención del permiso de residencia, u otras circunstancias.

Normativa

  • Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud.

  • Real Decreto 1192/2012, de 3 de agosto, por el que se regula la condición de asegurado y de beneficiario a efectos de la asistencia sanitaria en España, con cargo a fondos públicos, a través del Sistema Nacional de Salud (Disposición adicional cuarta) (BOE nº 186, de 4 de agosto).

  • Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria (artículos 16 y 17) (BOE nº 263, de 31 de octubre).

  • Instrumento de Adhesión de España a la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, hecha en Ginebra el 28 de julio de 1951, y al Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados, hecho en Nueva York el 31 de enero de 1967 (BOE nº 252, de 21 de octubre de 1978).

 

 

Modelo para la solicitud

Editado por última vez el: Wed Nov 30 12:14:59 GMT 2022 Imprimir